Documentos Legales
Aqui podrás ver las reglas más importantes para todos
Preguntas frecuentes
-Los trasteos solo se pueden realizar de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. y sabados de 8:00 a.m. a 12:00 a.m.. No se pueden hacer los domingos ni los días festivos.
-Se debe informar a la administración con un mínimo de tres (3) días de anticipación para obtener la autorización.
-Antes de la mudanza, se debe dejar un depósito del 25% de un salario mínimo legal vigente (SMMLV). Este dinero se devuelve si no se ocasionan daños en pisos, paredes o ascensores durante el trasteo.
– El volumen permitido de 7:00 a.m. a 9:00 p.m. es de máximo 40 decibeles, y en la noche (9:00 p.m. a 7:00 a.m.) es de máximo 25 decibeles.
-Los eventos organizados en esta área común deben terminar máximo a las 11:00 p.m..
-Para reservar el salón se requiere un depósito de medio salario mínimo (SMMLV). Si el salón no se entrega en el mismo estado de limpieza en que se recibió, la administración cobrará una multa de $120.000 por el servicio de aseo, los cuales se descontarán del depósito.
-Perturbar la tranquilidad con fiestas ruidosas y escandalosas, o generar ruidos molestos no autorizados, genera una sanción de dos (2) cuotas de administración.
-Las basuras deben estar en bolsas fuertes y bien anudadas. Por ningún motivo se pueden dejar bolsas de basura en los pasillos, escaleras, ni en las canecas pequeñas destinadas para el tránsito peatonal.
-No se permite arrojar cajas grandes, botellas de vidrio, líquidos, ni desechos orgánicos sueltos por el shut. Las bolsas grandes deben llevarse directamente a los cuartos de basuras en el sótano.
-Arrojar basuras en zonas comunes o zonas privadas conlleva una sanción de una (1) cuota de administración.
-Todos los perros, sin importar su tamaño, deben transitar por las zonas comunes sujetos con correa.
-Las mascotas de razas consideradas peligrosas deben llevar puesto el bozal de forma obligatoria.
-Se cobrará una sanción de dos (2) cuotas de administración por incurrir en cualquiera de las siguientes faltas: permitir que la mascota deambule libremente, no usar correa o bozal (según la raza), no recoger los excrementos en las áreas comunes, no depositarlos en los lugares adecuados, o permitir el ataque o mordedura de la mascota.
-La velocidad máxima permitida dentro del parqueadero es de 10 km/h, se debe conducir con las luces encendidas y los vehículos deben estacionarse en reversa.
-Los parqueaderos son exclusivos para estacionar; está prohibido almacenar escombros, llantas, muebles o combustibles.
-Estacionar fuera de las líneas de demarcación o realizar lavado y reparación de vehículos genera una multa de una (1) cuota de administración. Parquear en zonas de visitantes sin autorización o en un sitio diferente al propio se sanciona con dos (2) cuotas de administración.
-Los trabajos de obra o reparación solo se permiten de lunes a sábado de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. (la administración procurará solicitar que los sábados se trabaje solo hasta las 12:00 m.). No se pueden hacer trabajos los domingos ni festivos.
-Se debe informar a la administración con dos (2) días de anticipación antes de iniciar cualquier obra, especificando la clase de trabajo, duración y datos de los obreros.
-Es responsabilidad del propietario botar los escombros a la mayor brevedad, sin superar los 10 días calendario desde la terminación de la obra. Está prohibido acumularlos en los cuartos de basura, áreas comunes o usar el shut para esto.
-Realizar modificaciones prohibidas en los bienes privados, o causar daños a paredes y techos, genera una sanción pecuniaria de dos (2) cuotas de administración.
